Liquidación: concepto y tipos
LIQUIDAR el microemprendimiento consiste en vender los bienes y derechos (técnicamente realizar el Activo) y con el resultante abonar las deudas y cumplir con todas las obligaciones contraídas (cancelar el pasivo).
La liquidación puede provenir de: * cambio de estructuras
* disolución
CAMBIOS DE ESTRUCTURAS
Los microemprendimientos pueden, para adaptarse a nuevas formas societarias o económicas, cambios de forma jurídica, unirse a otro microemprendimiento, dividirse o excluir socios.
Así puede haber:
* TRANSFORMACIÓN: cuando un microemprendimiento cambia su forma jurídica, por ejemplo, está organizado como Sociedad Colectiva y se transforma en Sociedad de Responsabilidad Limitada.
* FUSIÓN:
Existe Fusión cuando:
a) Cuando dos o más sociedades se disuelven para constituir una nueva.
b) Cuando una ya existente incorpora a otras u otras que sin liquidarse se disuelve.
En ambos casos la nueva sociedad o la incorporante adquieren la titularidad de los derechos y obligaciones de las sociedades disueltas, produciéndose la transformación total de sus respectivos patrimonios.
* ESCISIÓN
Hay escisión cuando:
a) Un microemprendimiento sin disolverse destina parte de su patrimonio para fusionarse con otras sociedades o participa con ellas en la creación de un nuevo microemprendimiento.
b) Un microemprendimiento sin disolverse destina parte de su patrimonio para constituir uno o varios nuevos.
c) Un microemprendimiento se disuelve sin liquidarse para constituir con el total de su patrimonio nuevos microemprendimientos.
* RESOLUCIÓN PARCIAL
Existe Resolución parcial cuando disminuye el patrimonio de los socios por distintos motivos, tales como:
- muerte de los socios
- exclusión de los socios por grave incumplimiento de sus obligaciones, incapacidad, inhabilitación, declaración en quiebra, etc.
- cualquier causa que está estipulada en el contrato.
* DISOLUCIÓN
La disolución implica la muerte jurídica de la sociedad que dió origen al microemprendimiento, o sea su extinción como tal, algunos ejemplos de disolución son:
- decisión de los socios
- expiración del término por el cual se constituyó
- finalización del objeto por el cual se constituyó o imposibilidad de realizarlo.
- pérdida del capital social
- declaración en quiebra
- fusión con otras sociedades
- otras causas previstas en el contrato.