Sucesión

La sucesión es la trasmisión de los derechos activos y pasivos (las obligaciones), de alguien que fallece a otra persona que está viva, la cual no puede o no aceptar la herencia. Al muerto se lo llama causante o heredero al que recibe la herencia.

Encontramos dos tipos de sucesiones:

La legítima (o ab instestato, sin testamento): es el derecho de heredar establecido por ley que tienen entre los diversos parientes respecto de otros para recibir la herencia de quien falleció..                                                                     

La Testamentaria: existe cuando el causante ha expresado su última voluntad sobre el destino de sus bienes al fallecer, indicando la persona que debe recibir la herencia por medio de un testamento. La voluntad del testador debe respetarse, pero esa voluntad  está limitada ya que no puede dar en testamento todo su patrimonio dañando el derecho de heredar a sus herederos forzosos. En cuyo caso la voluntad queda limitada a un porcentaje de un 20% de los bienes que puede disponer testamentariamente, el resto es distribuida entre los herederos forzosos, en el orden y prelación que fija la ley.

¿Pero quienes tienen derecho de recibir la herencia?

El Código Civil establece un orden de prioridades

En la Sucesión Legítima heredan:

1- Los descendientes (matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos) junto con el cónyuge del muerto.

2- Los ascendientes (padres, abuelos), junto con el cónyuge del muerto.

3- Si no existen descendiente, ni ascendientes del muerto, hereda el cónyuge.

4- Los hermanos y sus descendientes hasta el cuarto grado.

5- Los otros otros parientes colaterales hasta el cuarto grado.

6- La nuera viuda sin hijos.

7- El Fisco.

Un ejemplo si una mujer casada y con hijos fallece, sus hijos y esposos son herederos forzosos, excluyendo a los demás parientes. Si el matrimonio no hubiese tenido hijos y vivieran los padres de la muerta hereda el cónyuge sobreviviente y los suegros de este. Si no tuviere hijos, ni vivieren los padres de la mujer que falleció, el esposo heredará la totalidad.