Sucesión
La sucesión es la trasmisión de los derechos activos y pasivos (las obligaciones), de alguien que fallece a otra persona que está viva, la cual puede o no aceptar la herencia. Al muerto se lo llama causante y heredero al que recibe la herencia.
Encontramos dos tipos de sucesiones:
Sucesión Legítima (o ab intestato, sin testamento): es el derecho de heredar establecido por ley que tienen entre los diversos parientes respecto de otros para recibir la herencia de quien falleció..
La Testamentaria: Se aumenta la porción disponible de la herencia: en caso de tener descendientes, se puede disponer de hasta un tercio del valor de los bienes (en lugar de un quinto); si hay ascendientes, se puede disponer de la mitad (en lugar de un tercio). El cónyuge mantiene su porción legítima: la mitad. En caso de un heredero con discapacidad, el causante puede disponer que éste reciba, además de la porción disponible, un tercio más del resto de la herencia.
¿Pero quienes tienen derecho de recibir la herencia?
Se establece un orden de prioridades
En la Sucesión Legítima heredan:
1- Los descendientes (matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos) junto con el cónyuge del causante.
2- Los ascendientes (padres, abuelos), junto con el cónyuge del causante.
3- Si no existen descendientes, ni ascendientes del causante, hereda el cónyuge.
4- Los hermanos y sus descendientes hasta el cuarto grado.
5- Los otros otros parientes colaterales hasta el cuarto grado.
6- La nuera viuda sin hijos.
7- El Fisco.
Un ejemplo si una mujer casada y con hijos fallece, sus hijos y esposo son herederos forzosos, excluyendo a los demás parientes. Si el matrimonio no hubiese tenido hijos y vivieran los padres de la causante hereda el cónyuge sobreviviente y los suegros de este. Si no tuviere hijos, ni vivieren los padres de la mujer que falleció, el esposo heredará la totalidad.