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Características de los Derechos Humanos

Bien, ahora vamos a ver cuales son las características de los derechos humanos. Te has preguntado alguna vez que pasaría si los derechos no fueran universales, es decir, para todas las personas, o si tal vez no fueran inherentes, es decir, que formen parte de la misma persona desde el momento de su concepción. ¿Qué pasaría si se respetaran algunos derechos y otros no fueran respetados?

Veamos las principales características:

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Un dato importante que debes saber es que en la reforma constitucional del año 1994, se incorporaron al texto constitucional distintos tratados de derechos humanos. Lo podes encontrar en el artículo 75 inc 22:

Constitución Nacional:

 

Corresponde al Congreso:   

Art 75 inc 22:                                  

Aprobar o desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos tienen jerarquía superior a las leyes.
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño; en las condiciones de su vigencia, tienen jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el Poder Ejecutivo nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara.
Los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional.