Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados está compuesta por los representantes del pueblo de la Nación. El pueblo de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, eligen por votación directa a sus representantes, que reciben el nombre de diputados.
¿Cómo se eligen a los diputados?
Por votación directa del pueblo.
¿Quiénes pueden elegir a los diputados?
Todas aquellas personas que puedan ejercer los derechos políticos. Recordemos que este derecho se ha ampliado, ya que actualmente los ciudadanos que tengan entre 16 y 18 años de edad; tienen el derecho, aunque no la obligación, de votar. A partir de los 18 años el voto es obligatorio para los ciudadanos del país.
¿En que artículo de la Constitución Nacional se hace referencia sobre como se eligirán a los diputados?
Elección de los diputados:
Artículo 45.- La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado y a simple pluralidad de sufragios. El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado.
Requisitos para ser diputado
Artículo 48.- Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
¿Cuánto tiempo duran los diputados en sus funciones? ¿Pueden ser reelegidos?
Artículo 50.- Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la sala se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera Legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deban salir en el primer período.
¿Cuáles son algunas de las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados?
Artículo 52.- A la Cámara de Diputados corresponde exclusivamente la iniciativa de las leyes sobre contribuciones y reclutamiento de tropas.
Artículo 53.- Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.