¿Cuáles son los tributos Provinciales?
Ya hemos visto los tributos nacionales ahora es el momento de ver de manera general cuáles son los tributos provinciales. Comencemos por:
Regulado en el código tributario de la provincia ley n°VI-0490-2005. En su artículo 159 nos dice: “que por todos los inmuebles ubicados en la provincia de San Luis, se pagará un impuesto que se denomina inmobiliario……de acuerdo con las escalas y/o alícuotas que fije la ley impositiva anual”.
También regulado en el código tributario de la provincia. En su artículo 178 nos dice: que el ejercicio habitual y a título oneroso en la jurisdicción de la provincia de San Luis del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locaciones
de bienes, obras o servicios o de cualquier otra actividad a título oneroso -lucrativa o no- cualquiera sea la naturaleza del sujeto que la preste, incluidas las sociedades cooperativas, y el lugar donde se realicen (espacios ferroviarios, aeródromos, aeropuertos, terminales, transporte, edificios y lugares del dominio público y privado y todo otro de similar naturaleza), estará alcanzado con un impuesto sobre los ingresos brutos con arreglo a las disposiciones del presente Título y a las que establezcan en la Ley Impositiva Anual.
La habitualidad deberá determinarse teniendo en cuenta especialmente la índole de las actividades, el objeto de la empresa, profesión o locación, y los usos y costumbres de la vida económica. Se entenderá como ejercicio habitual de la actividad gravada el desarrollo en el ejercicio fiscal de hechos, actos u operaciones de la naturaleza de las gravadas por el impuesto, con prescindencia de su cantidad o monto, cuando los mismos sean efectuados por quienes hagan profesión de tales actividades. La habitualidad no se pierde por el hecho que, después de adquirida, las actividades se ejerzan en forma periódica o discontinua.
También contamos a nivel provincial con:
IMPUESTO DE SELLOS
IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES, ACOPLADOS, Y MOTOCICLETAS
TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS:
- TASAS JUDICIALES(TASA DE JUSTICIA).
- TASA POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.
- TASA DE REGISTRO DE MARCAS Y SEÑALES Y EXPEDICIÓN DE GUIAS Y CERTITICADOS DE GANADO Y FRUTOS DEL PAÍS.
- TASAS POR SERVICIOS BASICOS.
- CONTRIBUCIONES POR OBRAS, ESTUDIOS Y SEVICIOS CONEXOS RETRIBUIBLES.